SE COBRARÁ EL 100% DE LAS BAJAS

SE COBRARÁ EL 100% DE LAS BAJAS

 DECRETO QUE MODIFICA LAS CONDICIONES RETRIBUTIVAS EN MATERIA DE INCAPACIDAD TEMPORAL

 

Desde el pasado día 19 de julio, las situaciones de Incapacidad Temporal (Bajas) cobrarán el 100% sin necesidad de presentar más documentación al Servicio de Prevención y Salud, solamente el parte de baja.

El pasado día 19, el Consejero Cubero ha firmado el Decreto que sustituye al anterior de de fecha 21 de noviembre de 2012.

 

En su articulado establece que:

PRIMERO: Establecer para todo el personal funcionario y personal laboral incluido en el Régimen General de Seguridad Social, un complemento retributivo desde el primer día de incapacidad temporal que, sumado a la prestación del Régimen General de la Seguridad Social, alcance cien por cien de las retribuciones fijas del empleado del mes de inicio de la incapacidad temporal.

SEGUNDO: El complemento retributivo anterior se aplicará en todos los casos de incapacidad laboral, cualquiera que sea el tipo de contingencia que haya dado lugar a la incapacidad temporal o la duración de la misma.

TERCERO: La justificación de las ausencias por causa de enfermedad o que den lugar a una incapacidad temporal, se realizará mediante la necesaria aportación del correspondiente parte de baja o documentación acreditativa, según proceda, desde el primer día de ausencia en la forma que se determine por el Servicio de Relaciones Laborales.

 

Por lo tanto, todas aquellas IT que se produzcan desde el día 19 de julio de 2018, sólo deberán presentar el correspondiente parte de baja o documentación acreditativa en el Servicio de Relaciones Laborales.

Desde OSTA nos congratulamos de este cambio, fundamentalmente de tipo burocrático, que facilita el cobro íntegro de los salarios en los momentos de Incapacidad Temporal.

Decreto

 

Written by OSTA Ayuntamiento de Zaragoza