INFORMACIÓN SOBRE JORNADA, PERMISOS Y PREMIO ANTIGÜEDAD

Os pasamos a informar, tras el Decreto de Cubero, de cómo está la situación del personal funcionario y laboral con respecto a la jornada, permisos y premio por antigüedad.

El pasado 23 de junio, entró en vigor la suspensión cautelar dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón de diversos artículos del Pacto para el personal funcionario.

Como consecuencia del auto del TSJA, el Consejero Cubero, en su Decreto de 15 de junio, modifica una serie de cuestiones relativas a jornada, ciertos permisos y premio por antigüedad, todo ello pendiente de la resolución final que se adopte por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo.

1.- PERSONAL LABORAL (y personal de Sociedades y Patronatos que se hayan adherido al Convenio laboral del Ayto.):

1.1.- La Abogacía del Estado recurrió, inicialmente, varios artículos del Convenio para el personal laboral. El Juzgado de lo Social nº 3 sólo ha declarado nulo el artículo 11 del Convenio (la jornada de 35 h.). Tanto el Ayuntamiento, como la mayoría de los sindicatos firmantes del Convenio, entre ellos OSTA, hemos recurrido al TSJA. Se está a la espera de que haya sentencia definitiva (no se sabe cuánto puede tardar).

1.2.- En tanto en cuanto no haya sentencia firme y definitiva por el TSJA, el horario que el personal laboral seguirá haciendo es el de 35 horas semanales, según Convenio.

1.3.- Los permisos y premio por antigüedad del personal laboral se mantienen los que están establecidos en el Convenio vigente 2016/2019, ya que la sentencia no dice nada sobre ellos.

2.- PERSONAL FUNCIONARIO:

2.1.- La Abogacía del Estado recurrió, inicialmente, varios artículos del Pacto para el personal funcionario, pidiendo asimismo la suspensión cautelar de los mismos. El TSJA ha suspendido cautelarmente los artículos 11 del Pacto Convenio (la jornada de 35 h.), el 18 (varios apartados que luego especificaremos) y el 39 (premio por antigüedad). No se ha recurrido la suspensión cautelar al Supremo, porque no iba a paralizarla de ninguna manera. Asimismo, e independientemente, se está a la espera de que haya sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo (no se sabe cuánto puede tardar y nos imaginamos que será en la misma línea que la suspensión cautelar. Habría luego que recurrirla ante el TSJA, pero tampoco seguirían en vigencia los artículos suspendidos cautelarmente).

2.2.- En cuanto a la jornada laboral, y en cumplimiento de la suspensión cautelar, el Consejero Cubero dictó el pasado 15 de junio, un Decreto por el que ha dejado sin efecto la jornada que el personal funcionario venía realizando de 35 horas semanales, entrando en vigor el 23 de junio. Se vuelve a lo establecido anteriormente a 31 de diciembre de 2016.

2.3.- En cuanto a los permisos del personal funcionario que han sido suspendidos cautelarmente por el TSJA, el Concejal Cubero, en su Decreto mencionado anteriormente, los suspende provisionalmente, y será de aplicación lo establecido en el artº 48 del EBEP, quedando de la siguiente manera:

En el caso de que el fallecimiento se produzca una vez iniciada la jornada laboral, se mantiene que el permiso se computará a partir del día siguiente.

2.4.- Premio por antigüedad.

El premio por antigüedad, recogido en el artº 39 del vigente Pacto, queda asimismo suspendido cautelarmente, dándose las siguientes situaciones (todo ello a expensas de la sentencia definitiva):

  • Personas que hayan solicitado el dinero o los días (15 días o más que hubiese generado) durante la vigencia del Pacto 2016/2019, y hasta el 22 de junio. Se les ha concedido el dinero o los días correspondientes que hubiesen generado (15 ó más). No generan más días a partir de ese momento. Se puede coger durante toda la vida laboral.
  • Personas que hubieran tenido 15 o más años de servicio y que no lo han solicitado hasta el 22 de junio. No generan ningún derecho, ni dinero, ni días.
  • Personas que no tengan a fecha 23 de junio de 2017, los 15 años de servicio prestado en el Ayuntamiento. No generan ningún tipo de derecho expectante.
  • Personas que hubieran visto reconocido administrativamente su premio por antigüedad (dinero o días) en convenios anteriores al 31/12/2015. Seguirán generando días hasta el momento de la jubilación.

Desde OSTA seguimos reafirmándonos, y así lo defenderemos, incluso por la vía judicial, que tanto el Pacto como el Convenio 2016/2019 son totalmente legales, tal y como en su momento los propios órganos de control del Ayuntamiento de Zaragoza determinaron. Y continuaremos planteando alternativas para recuperar los derechos laborales, sociales y económicos, recortados.

Si alguna persona de la plantilla funcionarial o laboral desea más información, puede ponerse en contacto con la Sección Sindical de OSTA donde le daremos las explicaciones pertinentes.

 

Written by OSTA Ayuntamiento de Zaragoza