Hacienda sube a 0,26 euros por kilómetro la indemnización por gastos de viaje de trabajo

La cuantía, fijada anteriormente en 19 céntimos, llevaba sin actualizarse desde el año 2005.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) del lunes 17 de julio publica la Orden HFP/793/2023, de 12 de julio, por la que se revisa el importe de la indemnización por uso de vehículo particular establecida en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, que entra en vigor desde el 18 de julio.

Se recoge por orden del Ministerio de Hacienda una actualización de la compensación de los gastos por kilometraje para los contribuyentes que usan un vehículo para desarrollar su trabajo. Esta pasará con efectos inmediatos de los 0,19 euros actuales a los 0,26 euros por kilómetro recorrido, una subida de casi el 37%.

La compensación, según explica el departamento que dirige María Jesús Montero, cubre el combustible y los gastos relacionados con el desgaste ocasionado al vehículo y sus posibles averías. “También entran dentro de esta protección, aunque de manera proporcional, el seguro y los impuestos relacionados con el vehículo”.

El cambio normativo, que se produce a unos días de las elecciones generales del 23 de julio, viene en forma de dos órdenes ministeriales. Una contempla las indemnizaciones para las/los empleadas/os públicos (Orden HFP/793/2023)que deben utilizar su propio vehículo para trabajar, mientras que la otra recoge las exenciones de las que podrán disfrutar los contribuyentes (Orden HFP/792/2023) en el impuesto sobre la renta sobre las personas físicas (IRPF) por los gastos de locomoción que afronten en su desempeño diario utilizando un coche o cualquier otro vehículo. Cabe recordar, insiste el Ministerio, que la cuantía no se había modificado desde el año 2005, cuando se estableció en 19 céntimos por kilómetro.

Cada perfil de profesional accederá al beneficio por dos vías. A los empleados públicos, los 0,26 euros por kilometraje se les abonarán tras la presentación de la factura de combustible correspondiente y una declaración justificativa del desplazamiento. Posteriormente, y tras la comprobación de la documentación, se les realizará un ingreso en su cuenta corriente.

Orden HFP/793/2023

Artículo 1. Revisión del importe de la indemnización.

Se actualiza el importe de la indemnización a percibir como gasto de viaje por el uso de vehículo particular en comisión de servicio, prevista en el artículo 18.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, que queda fijado en 0,26 euros por kilómetro recorrido por el uso de automóviles y en 0,106 euros por kilómetro recorrido por el uso de motocicletas.

Puedes consultar la Orden publicada en el BOE

https://www.boe.es/boe/dias/2023/07/17/pdfs/BOE-A-2023-16462.pdf

Written by OSTA Ayuntamiento de Zaragoza