¿USURPACIÓN DE COMPETENCIAS?
¿USURPACIÓN DE COMPETENCIAS?
¿QUÉ ADMINISTRACIÓN TIENE LA COMPETENCIA PARA DETERMINAR SI LOS OFICIALES DE MANTENIMIENTO (Personal del Ayuntamiento de Zaragoza) TIENEN SERVICIOS MÍNIMOS EN LA HUELGA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS (personal del Gobierno de Aragón) EN EL ÁMBITO DE LA ENSEÑANZA DEPENDIENTE DE LA DGA?
El BOA de hoy, día 8 de marzo, publica la ORDEN ECD/223/2017, de 2 de marzo de 2017, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, que preside el socialista Javier Lambán, sobre servicios mínimos de los empleados públicos en el ámbito de la enseñanza dependiente del Gobierno de Aragón, para la huelga convocada en el ámbito de educación el día 9 de marzo de 2017.
La huelga convocada para el día 9 de marzo de 2017, estará condicionada al mantenimiento de los servicios mínimos durante esa fecha, con las dotaciones de personal que figuran en el anexo, previamente negociadas con las Organizaciones Sindicales que componen el comité de huelga, y con el acuerdo de las partes.
Los Servicios mínimos establecidos para los Centros Públicos Docentes de Enseñanza Primaria, Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, dependientes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, se establecen en los siguientes puestos de trabajo, por turno:
- Director o un miembro del equipo directivo.
- 1 Personal de Servicios Auxiliares (P.S.A.), si lo hubiere.
- 1 Personal Especializado de Servicios Domésticos (P.E.S.D.), si lo hubiere.
- 1 Oficial de Mantenimiento, si lo hubiere. (¿Se referirá a los Oficiales de Mantenimiento de Colegios Públicos de la plantilla del Ayuntamiento de Zaragoza?)
- 1 Cocinero/a en comedores escolares.
- Jefe de Estudios o Secretario en las Secciones.
Desde OSTA no entendemos que una Administración (la DGA) determine los servicios mínimos de un personal (los Oficiales de Mantenimiento de Colegios Públicos del Ayuntamiento de Zaragoza) que ni forma parte de su plantilla, ni está convocado a realizar huelga.
¿Tal vez ha habido, y no nos hemos enterado, una devolución del personal municipal que realizan sus funciones de mantenimiento en los centros municipales adscritos al ámbito de la enseñanza pública, como alguna vez amenazaba el exVicealcalde Gimeno de realizar?
¿Tal vez la futura Ley de Capitalidad habla de poder determinar las condiciones laborales del personal de otra administración?
Obviamente esto lo han negociado con los sindicatos convocantes de la DGA.
OSTA no comparte esta injerencia en determinar las condiciones laborales de una parte de la plantilla municipal por parte del Gobierno del Sr. Lambán.