CONVOCADAS LAS AYUDAS SANITARIAS

Se ha publicado el Decreto de aprobación de las bases y la convocatoria de las ayudas sanitarias.

El plazo de presentación será del lunes 14 de abril al jueves 8 de mayo (15 días hábiles).

Este año es obligatoria la presentación telemática de las solicitudes. Podrás realizarla tanto desde la intranet municipal como desde cualquier otro dispositivo conectado a internet (ordenador, tablet o dispositivo móvil). En cualquier caso será necesaria la identificación a través de un certificado digital válido como el integrado en la tarjeta de funcionaria/o o en el DNI electrónico (necesitan lector), o sistema Cl@ve.

El Servicio de Relaciones Laborales, el Servicio de Redes y Sistemas y la Oficina de Transparencia y Gobierno Abierto, han puesto a disposición de la plantilla municipal un manual para guiar en el proceso de solicitud.

El Servicio de Relaciones Laborales facilita unos Teléfonos de atención: 4972, 3937, 4930, 3972, 3757, 4079, 6320 o 4797 (en horario de 09:00h a 11:30h). En el Servicio de Relaciones Laborales no se atenderá presencialmente sin solicitar Cita Previa vía teléfono en las extensiones arriba detalladas.

Además, este año se ha habilitado la figura del representante, que permite presentar la solicitud a otra persona, previa autorización del/a interesado/a.

En OSTA ponemos en marcha un servicio de cita previa, para ayudarte a cumplimentar tu solicitud.

Recuerda que siempre es necesaria la siguiente documentación

1.- Factura original, firmada y sellada por el emisor, de fecha correspondiente al ejercicio 2024, en
la que figuren de forma unitaria los importes desglosados por conceptos.
En caso de no presentar factura original, firmada y sellada por el emisor, habrá de presentarse el
correspondiente justificante del pago.

2.- Justificante de la relación o parentesco (cuando el beneficiario no sea el titular) mediante el libro
de familia, certificado de pareja de hecho, certificado de empadronamiento que acredite la situación
de pareja estable no casada de al menos 2 años de convivencia o documento público equivalente.

3.- Declaración de IRPF o certificado de imputaciones emitido por la Agencia Tributaria (ingresos
tributarios), EJERCICIO 2023, para los beneficiarios que no sean personal municipal. Obligatorio en caso de cónyuge.

Además, dependiendo del tipo de ayuda, se puede exigir una prescripción o informe médico.

Revisa las bases para preparar la documentación necesaria.

Written by OSTA Ayuntamiento de Zaragoza