PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL

En la reunión de hoy, 9 de octubre, el Concejal de Personal, Alfonso Mendoza, ha dado por cerrada la negociación de los procesos de estabilización de empleo temporal.

El Concejal Mendoza nos ha argumentado que el Ayuntamiento tiene una doble responsabilidad:

  • Seguridad jurídica de lo que está haciendo.
  • Responsabilidad con los interinos que reclaman por la duración de su temporalidad. Durante este 2020 ha habido 117 reclamaciones de interinos, 57 de ellas en septiembre.

Estamos observando que se están desestimando estas reclamaciones, tanto en el ámbito administrativo del Ayuntamiento, como en el ámbito judicial, si posteriormente se llevan a los tribunales de lo contencioso-administrativo.

Sobre lo que quedaba pendiente por decidir:

  1. La curva de aprobados por plaza según categoría. La última contrapropuesta de Recursos Humanos fue +2 en A1-A2, por lo que pasará de 25 a 27. Para C1-C2 pasa de 50 a 63 (+13). Lejos de lo que pedíamos la mayoría sindical.
  2. Sobre la fase de concurso. Se queda en el 33%. No el 40% que pedíamos la mayoría de sindicatos (OSTA/CCOO/CGT/CSIF/STAZ/UGT) basándonos en que en otras administraciones se llega hasta ese porcentaje en procesos de estabilización (véase la DGA, Orden HAP/1861/2018, por la que se establece el baremo de la fase de concurso de los procesos de estabilización, llegando hasta el 40%, o véanse también los criterios comunes para la aplicación del proceso de estabilización, establecidos por la Secretaría de Estado de Función Pública, de febrero de 2018, en la que permite puntuar la fase de concurso sin que supere el 40% del total). Desestimado también el 22% que solicitaron CSL/FORZAPOL. Por parte de Personal nunca han querido superar el porcentaje del 33%, ni siquiera entrar a negociarlo.
  3. Experiencia. Se valorará a todos el tiempo que han estado trabajando en plaza similar a la convocada, no el puesto. Incluido el  personal de convenios, vacantes o sustitución por baja. Esto último gracias a las negociaciones a puerta cerrada de un sindicato en días previos, en la que por beneficiar a algunos (cuyas plazas no son objeto de convocatoria), se ha perjudicado claramente a la totalidad de las personas que ocupan las plazas de estabilización.

No han querido aceptar las propuestas que, desde OSTA y algún otro sindicato, hacíamos para que se mantuviese la valoración de la antigüedad, tanto en plaza como en puesto, a semejanza del proceso de consolidación. Independientemente que el proceso de consolidación tuviese su base legal en la Disposición Transitoria Cuarta del TREBEP, y los procesos de estabilización la tengan en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017, se podía, en base a la negociación en cada administración, haber mantenido el mismo criterio que se utilizó en la valoración de plaza y puesto de los procesos de consolidación. Incluso al principio de la negociación, allá por el mes de junio, por parte de la Oficina de Recursos Humanos se nos comunicó que partían de los mismos criterios utilizados en la consolidación de 2017. Ya vemos que no es así, y que han modificado su parecer, perjudicando claramente a las personas que ocupan las plazas objeto de convocatoria.

A pesar de los avances que hemos conseguido algunos sindicatos al incorporar a las bases definitivas algunos temas (incremento de la curva, valoración en A1 de idiomas reconocidos, incorporación del % cuando no había exámenes), así como mantener el porcentaje de la fase de concurso en el 33%, a pesar de las presiones que ha habido para rebajarlo, nos vamos con una sensación agridulce, al observar que se podía haber conseguido mantener la valoración en la antigüedad, tanto por plaza como por puesto, si hubiera habido una mayor unidad sindical.

Nos harán llegar las bases definitivas por si vemos algún error. La intención del Concejal de Personal y de la Oficina de Recursos Humanos es darle la velocidad que tenían en mente al inicio de la negociación.

Written by OSTA Ayuntamiento de Zaragoza