BASES GENERALES DE ESTABILIZACIÓN

Publicadas en BOPZ número 288, de 17 de diciembre de 2022.

El sábado 17 de diciembre se publicaron en el BOPZ las bases generales que regirán las convocatorias para el ingreso y provisión de las plazas (plantilla de personal funcionario) y puestos de trabajo (plantilla de personal laboral) del Ayuntamiento de Zaragoza, incluidas en el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal previsto en la OEP 2021, conforme a lo dispuesto en la Ley 20/2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Falta todavía de publicar las bases específicas de cada una de las convocatorias que, en todo caso, deberán estar publicadas antes del 31 de diciembre de 2022.

¿Y los temarios?

Las bases específicas de cada plaza/categoría, donde figurarán los temas, se publicarán en el BOPZ antes del 31 de diciembre de 2022.

¿Cuándo se abrirá el plazo de presentación de instancias?

Los extractos de las convocatorias se publicarán en el BOE durante el primer semestre del 2023, a partir de entonces se abrirá el plazo de presentación de instancias, que será de veinte días naturales a partir del día siguiente a su publicación.

¿Cuál será el orden en caso de que para una misma plaza/categoría haya concurso de méritos y concurso-oposición?

Deberá finalizar primero el concurso de méritos antes de empezar el concurso-oposición. Además, en caso de coincidencia deberá finalizar primero la que corresponda a personal laboral frente a la que sea de personal funcionario. 

¿Hay plazas para el turno de reserva?

Sí. Hay reserva de plazas para personas con discapacidad física o sensorial, para personas con discapacidad intelectual, para personas con discapacidad mental, para mujeres víctimas de violencia de género, para personas transexuales y para personas víctimas de terrorismo.  Puedes consultar las plazas/categorías con reservas en el Anexo I de las bases generales.

Las plazas no cubiertas por los turnos de reserva revertirán a las de turno libre.

¿Hay reducción de temas para el concurso-oposición, tal y como permitía la Ley 20/2021?

No. Se mantienen 90 temas para A1/A, 60 temas para A2/B, 40 temas para C1/C, 20 temas para C2/D y 10 temas para AP/E.

¿Cuándo tengo que aportar la documentación de los méritos alegados?

Solamente se exigirá a las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y que el tribunal proponga. Dispondrán de 20 días naturales para hacerlo, una vez que el tribunal publique la lista de aspirantes.

¿Hay período de prácticas?

Sí, está contemplado tanto para el concurso de méritos como para el concurso-oposición. El período será de cuatro meses, salvo que ya se hubiese prestado servicio en idéntica plaza o puesto de trabajo durante un mínimo de tres años de los últimos cinco. Será necesario como mínimo la asistencia al 80% de las jornadas laborales del periodo de prácticas.

¿Se crearán listas de espera?

Sí. En los procesos de concurso-oposición, se creará una lista de espera ordinaria (L.E.O.), que derogará la anterior (si la hubiera). Para ser integrado en dicha lista, se deberá haber superado la fase de oposición, es decir, tener un mínimo de 30 puntos en la fase de oposición. Para su ordenación, se tendrá en cuenta la suma de la fase de oposición y la de concurso.

En los procesos de concurso de méritos, se creará una lista de espera que se integrará en la que ya existiera, a partir de la última persona. Es decir, la lista generada con el concurso de méritos no tendrá prioridad sobre la que ya hubiera para esas plazas. Para poder ser integrado en la lista, se ha de obtener 50 o más puntos en el total del concurso.

¿Cómo se valora la experiencia profesional?

Concurso de méritos (hasta 70 puntos)

a)    Tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Zaragoza en la plaza/categoría convocada desde el 01/01/2016 hasta el 31/12/2022, a razón de 7,230 puntos/año (0,6025 puntos/mes completo).

b)    Tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Zaragoza en la plaza/categoría convocada con anterioridad al 31/12/2015, a razón de 2,410 puntos/año (0,2008 puntos/mes completo).

c)    Tiempo en cualquier otra AAPP en la plaza/categoría convocada desde el 01/01/2016 hasta el 31/12/2022, a razón de 2,410 puntos/año (0,2008 puntos/mes completo).

d)    Tiempo en cualquier otra AAPP en la plaza/categoría convocada con anterioridad al 31/12/2015, a razón de 2,310 puntos/año (0,1925 puntos/mes completo).

Concurso-oposición (hasta 28 puntos)

a)    Tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Zaragoza en la plaza/categoría convocada desde el 01/03/2020 hasta el 31/12/2022, a razón de 7,230 puntos/año (0,6025 puntos/mes completo).

b)    Tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Zaragoza en la plaza/categoría convocada con anterioridad al 29/02/2020, a razón de 2,410 puntos/año (0,2008 puntos/mes completo).

c)    Tiempo en cualquier otra AAPP en la plaza/categoría convocada desde el 01/03/2020 hasta el 31/12/2022, a razón de 2,410 puntos/año (0,2008 puntos/mes completo).

d)    Tiempo en cualquier otra AAPP en la plaza/categoría convocada con anterioridad al 29/02/2020, a razón de 2,310 puntos/año (0,1925 puntos/mes completo).

¿Cómo se valoran las pruebas o ejercicios superados?

Sólo contarán procesos de selección de personal permanente para cubrir plazas/puestos como los convocados. Si son a partir del 1 de enero de 2008 no será preciso solicitar ni aportar la certificación municipal acreditativa. Si son anteriores, precisarán que la persona aspirante acredite de forma fehaciente la superación del ejercicio, solicitando a Recursos Humanos la certificación correspondiente. Si la Oficina de Recursos Humanos no dispone del dato histórico solicitado, será la propia persona aspirante la que deba aportar la oportuna documentación que lo acredite de forma fehaciente.

En aquellas plazas/categoría que no haya habido procesos selectivos previos para personal permanente, se añadirán los 17,5 puntos a la formación en el caso del concurso de méritos. Serán 7 puntos los que se añadirán a formación en el caso de concurso-oposición.

            Concurso de méritos (hasta 17,5 puntos):

4,375 puntos por cada prueba o ejercicio superado.

En caso de haber superado de forma completa un proceso selectivo de A1-A2 (A y B para laborales), con tres ejercicios, se obtendrán 14,437 puntos.

Si se ha superado de forma completa un proceso selectivo de C1-C2-AP (C-D-E para laborales), con dos ejercicios, se obtendrán 9,625 puntos.

Concurso-oposición (hasta 7 puntos):

1,750 puntos por cada prueba o ejercicio superado.

En caso de haber superado de forma completa un proceso selectivo de A1-A2 (A y B para laborales), con tres ejercicios, se obtendrán 5,775 puntos.

Si se ha superado de forma completa un proceso selectivo de C1-C2-AP (C-D-E para laborales), con dos ejercicios, se obtendrán 3,850 puntos.

 

¿Cómo se valoran las titulaciones académicas oficiales?

Para que se valore, debe ser titulación distinta de nivel igual o superior a la exigida como requisito de ingreso. En ningún caso se valorará la titulación exigida como requisito de ingreso.

Si se aportan varias titulaciones en la misma materia, sólo se valorará el nivel de titulación más alto.

 

Méritos

Concurso-oposición

Licenciado, arquitecto o ingeniero (5/6 años)

7

2,8

Grado o equivalente (4 años)

6

2,4

Diplomado universitario o equivalente (3 años)

5

2

Máster oficial universitario o doctorado universitario

2

0,8

Técnico Superior o equivalente

3

1,2

Bachiller Superior o equivalente

1

0,4

 

¿Cómo se valora la formación?

Formación a partir del 1 de enero de 2008.

Finalmente se valorará la formación tanto de alumno como de profesor, directamente relacionadas con la plaza/categoría y con organización municipal, empleo público, informática de gestión a nivel usuario, atención ciudadana, procedimiento administrativo común, igualdad de género y prevención de riesgos laborales de nivel básico.

 

Méritos

Concurso-oposición

Máximo

5,5

2,2

Máximo si no hay exámenes previos

23

9,2

Por hora

0,0275

0,011

Máximo

5,5

2,2

 

¿Cuáles son los criterios de desempate?

            Concurso de méritos:

Primero. El mayor tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Zaragoza en la plaza/categoría profesional convocada.

Segundo. El mayor tiempo de servicio prestados en el Ayuntamiento de Zaragoza.

Tercero. La mayor puntuación obtenida en pruebas o ejercicios superados.

Cuarto. La mayor puntuación obtenida en titulaciones académicas oficiales.

Quinto. La mayor puntuación obtenida en el apartado de formación.

Finalmente, y si lo anterior no fuese suficiente, se ordenará a las personas aspirantes, a partir de la letra determinada en la base cuarta (orden alfabético a partir de la letra V).

Concurso-oposición:

a) Grupos A1-A2 (A y B)

Primero. El mayor tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Zaragoza en la plaza/categoría profesional convocada.

Segundo. El mayor tiempo de servicio prestados en el Ayuntamiento de Zaragoza.

Tercero. La mayor calificación obtenida en el tercer ejercicio de la fase de oposición.

Cuarto. La mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición.

Quinto. La mayor calificación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición.

Sexto. La mayor puntuación obtenida en el apartado de pruebas o ejercicios superados de la fase de concurso.

Séptimo. La mayor puntuación obtenida en el apartado de titulaciones académicas oficiales de la fase de concurso.

Octavo. La mayor puntuación obtenida en el apartado de formación de la fase de concurso.

b)   Grupos C1-C2-AP (C-D-E)

Primero. El mayor tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Zaragoza
en la plaza/categoría profesional convocada.

Segundo. El mayor tiempo de servicio prestados en el Ayuntamiento de Zaragoza.

Tercero. La mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición.

Cuarto. La mayor calificación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición.

Quinto. La mayor puntuación obtenida en el apartado de pruebas o ejercicios superados de la fase de concurso.

Sexto. La mayor puntuación obtenida en el apartado de titulaciones académicas oficiales de la fase de concurso.

Séptimo. La mayor puntuación obtenida en el apartado de formación de la fase de concurso.

¿Habrá pruebas prácticas de aptitud?

Podrá establecerse en las respectivas bases específicas una prueba de aptitud en aquellas plazas/categorías que se considere necesario.

Desarrollo de la fase de oposición dentro del concurso-oposición

La fase de oposición es eliminatoria. Serán eliminadas las personas aspirantes con una puntuación conjunta de todos los ejercicios inferior a 30 puntos.

Las preguntas erróneas penalizarán ¼ de la pregunta correcta.

Consultar en las bases generales:

       Para grupos A1-A2 (A y B). Punto B) FASE DE OPOSICIÓN a partir de la página 66 y siguientes.

       Para grupos C1-C2 y AP (C-D y E). Punto B) FASE DE OPOSICIÓN a partir de la página 76 y siguientes.

En el Anexo I y el Anexo II (página 81 y siguientes) de estas bases generales, aparecen identificadas las plazas que van al concurso de méritos y al concurso-oposición, así como cuáles son las plazas/categorías que cuentan con turno de reserva.

Para cualquier duda y/o consulta, ponte en contacto con la sección sindical de OSTA en el 976.72.12.12 o a través del correo electrónico osta@zaragoza.es

Consulta en todo caso las bases generales de estabilización en el BOPZ o en el siguiente enlace.

Written by OSTA Ayuntamiento de Zaragoza