FORMA DE COMPUTAR LOS ATRASOS PERCIBIDOS DE 2023 EN LA NÓMINA DE 2024
El Servicio de Gestión de Recursos Humanos ha publicado la siguiente información:
IMPUTACIÓN TRIBUTARIA DE LOS ATRASOS PERCIBIDOS EN 2024 CORRESPONDIENTES A
EJERCICIOS ANTERIORES.
1.- Atrasos derivados del incremento retributivo del 0,5 %
Comunicar, que según la información publicada en la página web de la Agencia Tributaria,
los importes retributivos abonados en la nómina de marzo con efectos económicos de
1 de enero de 2023, correspondientes al incremento salarial complementario del 0,5 por
ciento, en aplicación de lo previsto en el artículo 19.dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 y el Acuerdo del Consejo
de Ministros de 6 de febrero de 2024, deben de ser imputados al ejercicio 2024, por lo que
vendrán incorporados en los certificados de renta que se expidan el próximo año para la
campaña de la renta del ejercicio 2024 (a presentar en 2025). En ningún caso deberán de
incluirse en la declaración de IRPF del ejercicio 2023.
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