El Consejo de Gobierno ha aprobado esta mañana el Decreto del Gobierno de Aragón, por el que se fijan las fiestas laborales retribuidas, no recuperables e inhábiles, para el año 2020 en la Comunidad Autónoma de Aragón.
De cara al año 2020, una vez valorada la distribución anual de fiestas y al coincidir las festividades de Todos los Santos -el día 1 de noviembre- y del Día de la Constitución Española -el día 6 de diciembre- en domingo, se han trasladado a los lunes días 2 de noviembre y 7 de diciembre, respectivamente.
A las festividades para el año 2020 en la Comunidad Autónoma de Aragón hay que añadir dos más, de carácter local, a propuesta de los respectivos ayuntamientos.
Las fiestas laborales, de carácter retribuido, no recuperables e inhábiles para el año 2020 en la Comunidad Autónoma de Aragón, son las siguientes:
– 1 de enero, miércoles, Año Nuevo.
– 6 de enero, lunes, Epifanía del Señor.
– 9 de abril, Jueves Santo.
– 10 de abril, Viernes Santo.
– 23 de abril, jueves, San Jorge, Día de Aragón.
– 1 de mayo, viernes, Fiesta del Trabajo.
– 15 de agosto, sábado, Asunción de la Virgen.
– 12 de octubre, lunes, Fiesta Nacional de España.
– 2 de noviembre, lunes, en sustitución del día1 de noviembre, Todos los Santos.
– 7 de diciembre, lunes, en sustitución del día 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
– 8 de diciembre, martes, Inmaculada Concepción.
– 25 de diciembre, viernes, Natividad del Señor.